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sábado, 27 de junio de 2020

Futuro Colegio Profesional de Taxistas de la CAM



Los Colegios Profesionales están llamados a desempeñar un importante papel de mejora profesional y social, porque pueden asumir el servicio a la sociedad y a los usuarios, así como, su legitima defensa.

Los Colegios Profesionales son persona jurídico-públicas integradas en la organización del Estado. Estos no constituyen cauce alguno de participación política, pues su finalidad institucional es la vigilancia y tutela del correcto ejercicio de la profesión para garantizar la protección de terceros y viceversas.

Razón por la que legalmente les corresponde

1.- La ordenación del ejercicio de la profesión
2.- La defensa del ejercicio de la profesión 
3.- La representación, defensa, asistencia y gestión de los intereses de sus colegiados.

Sus peculiaridades principales 

1.- Son Corporaciones de Derecho Público (Administración pública delegada).
2.- Tienen exclusividad territorial (Comunidad de Madrid)

El sentido institucional de los Colegios está ligado en la actualidad, exclusivamente a la tutela de intereses públicos derivados del ejercicio de las actividades profesionales. Allá donde sea necesario salvaguardar estos interés públicos, la mejor opción es la creación de un Colegio Profesional. 

En cuanto a la titulación requerida para estas profesiones reguladas, el legislador puede optar entre exigir uno de los títulos académicos oficiales (licenciaturas, doctorados etc...) o cuando el sistema educativo no ofrece la versatilidad adecuada, el Colegio puede establecer unas pruebas especificas de acceso a la profesión (cuya superación da lugar al nombramiento para el desempeño de una actividad profesional) a la obtención de un diploma o titulo profesional en relación con el modulo o  grado establecido por el Ministerio de Educación. 

Continuará......

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